viernes, 15 de febrero de 2019



Recordamos que el próximo 28 de febrero, termina el plazo para presentar el modelo 347. Aprovecha los últimos días y comprueba tanto las facturas que emites a tus clientes  como las que te llegan a ti de tus proveedores.

¿Quiénes deben presentarlo?


Todos los autónomos o profesionales que hayan emitido facturas por un importe superior a los 3.005.06 euros a un mismo cliente durante 2018 están obligados a presentar este documento ante Hacienda. Hay que dejar claro que no tiene que ser una sola factura de ese valor sino la suma de todas las facturas emitidas durante un año, incluyendo el IVA.

Esta obligación afecta tanto a empresarios como sociedades o comunidades de Bienes. Incluso, desde hace unos años, están obligados a presentar este documento las comunidades de propietarios.
También hay colectivos exentos como las personas acogidas al régimen agrario o si no tienes el domicilio fiscal en España, entre otros.

Sistema de control


Con esta declaración no hay que pagar nada a Hacienda pero sirve a la administración para cotejar y comprobar si lo que declara el proveedor y el cliente coincide.

Puede darse el caso que no cuadre la cifra del 347 con lo declarado por cliente o proveedor. Eso puede ser porque  un cliente registra contablemente una factura en un ejercicio o periodo diferente, si se da esa situación no te preocupes, no pasa nada.

Otro punto importante a saber es que el presentarlo fuera de plazo o hacerlo mal puede suponer sanciones que oscilan entre los 300 y los 20.000 euros.

Cualquier duda, póngase en contacto con nuestro despacho CANTALEJO & BOLLERO que le ayudaremos 916 568 358


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